Vivir en España, la residencia no lucrativa

Qué es una residencia no lucrativa

Una residencia no lucrativa es aquella que permite a personas no comunitarias  vivir en España, demostrando que cuentan con los medios económicos necesarios para la manutención y no serán una carga económica para el estado. Lo más importante que debes tener en cuenta con este tipo de residencia es que no está permitido trabajar dentro del territorio español, aunque eso no prohíbe realizar inversiones.  Algo muy importante de la residencia no lucrativa es que ofrece la posibilidad de vivir en España, desde el día uno, al solicitante y a todo el grupo familiar.

Perfil del solicitante del tipo de residencia no lucrativa

Cada caso tiene sus particularidades, pero intentando generalizar un poco, se puede decir que este es un tipo de visado que se adapta muy bien y es muy solicitado por:

  • Personas jubiladas que desean vivir sus años de retiro en el clima, gastronomía, estilo de vida español y seguridad. 
  • Quienes trabajan en otro país de forma remota desde España
  • Personas cuyo interés final es el de hacer una vida normal y corriente en España  y encuentran en la residencia no lucrativa una vía para hacerlo (aunque esto suponga una temporada sin trabajar, pero pudiendo invertir en el país).

Cuáles son los requisitos básicos (pueden cambiar según la legislación o el caso)

Como cualquier otro trámite de este estilo, vas a tener que cumplir con una serie de requisitos antes de solicitar la residencia no lucrativa. Esta es la lista de las cosas que necesitas para aplicar:

  • Al menos, unos 27.000 euros que, preferiblemente, deben estar colocados en una cuenta bancaria en España. En caso de tratarse de un grupo familiar, deberán demostrarse fondos adicionales iguales o mayores al IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) por cada uno de los miembros del grupo familiar (unos 6.800 euros por cada uno).
  • Formulario cumplimentado y firmado por el solicitante y miembros del grupo familiar.
  • Pasaporte vigente.
  • Antecedentes penales. (personas mayores de edad)
  • Póliza de seguros con una empresa española, sin copagos ni carencias y con vigencia anual que cubra al solicitante y todos los integrantes de la familia.
  • Otros requisitos

Cada uno de los documentos emitidos en el exterior y presentados en la solicitud, deberán estar apostillados bajo el convenio de La Haya del 5 de octubre de 1961 o legalizados en la oficina consular española del país donde tal documento fue emitido.

Otras características de la residencia no lucrativa     

Este es un trámite que se realiza desde el país de origen, es decir, que la persona o grupo familiar deben encontrarse fuera de España.  Una vez autorizada la residencia, esta tiene una validez de un año a partir del momento de entrada al país. La primera y segunda renovación tiene una duración de dos años. La tercera renovación ya puede hacerse por un período más largo de cinco años (residencia permanente o de larga duración).

El plazo establecido para tener la resolución de la solicitud hecha en la oficina consular es de tres meses, sin embargo, este es un plazo orientativo, ya que podría tomar más tiempo. Es importante estar atentos a esto por cuanto al cabo de un mes de haber salido la resolución favorable, de no retirarse el visado en persona, se entenderá que la persona ha renunciado a la solicitud que había hecho. Una vez autorizado, deberá entrar a España en un lapso no mayor a tres meses.

Una vez haya entrado al territorio español,  para culminar con el proceso, y habiendo fijado residencia, deben realizarse dos trámites adicionales de gran importancia; el primero es el empadronamiento, para el cual debe acudir a la oficina del ayuntamiento que corresponda a la zona donde pretenda establecer su domicilio.  Este es un trámite rápido y fácil cuyo documento (padrón de habitante) le será solicitado con mucha frecuencia. El segundo trámite es la solicitud de la tarjeta de identidad de extranjero (TIE). Para ello debe solicitar una cita ante la oficina de la policía nacional correspondiente donde además tomarán sus huellas.

Otra ventaja de la residencia no lucrativa es que, para aquellos que desean vivir en territorio español pueden pedir la nacionalidad española a los 2 años cumplidos si eres latinoamericano o a los 10 años para el resto de ciudadanos de otros países

Durante la permanencia en España con la residencia no lucrativa, a pesar de no estar permitido trabajar, si se pueden cursar estudios y realizar prácticas universitarias, hacer inversiones, etc.

¿Cómo podemos ayudarte?

Podemos ayudarte con todo lo mencionado anteriormente de forma que tu expediente de solicitud para la residencia no lucrativa tenga todos los requisitos presentados de la mejor forma posible y tengas una mejor oportunidad de obtener una resolución positiva a tu solicitud.

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PREGUNTAS FRECUENTES

¿Qué es residencia no lucrativa en España?

Se trata de una autorización de solo residencia, es un permiso que permite al ciudadano extranjero vivir legalmente en España pero sin trabajar

¿Qué significa residencia no lucrativa?

Como ya hemos comentado, es una autorización para solamente residir y que no permite trabajar

Qué es visado residencia no lucrativa?

Es el proceso por el cual el ciudadano extranjero solicita formalmente ante el consulado de España la autorización de residencia

¿Qué significa residencia temporal no lucrativa inicial?

Se habla de residencia temporal aquella que posibilita al extranjero ser residente legal en España mediante una autorización cuya vigencia es de:

  • 1 año (inicial)
  • 2años (la primera renovación)
  • 2 años (la segunda renovación)
  • 5 años (la residencia de larga duración o permanente)

¿Cómo solicitar residencia no lucrativa en España?

En España no se puede solicitar una autorización inicial, la inicial siempre debe solicitarse en el Consulado de España del país de origen o de residencia.

Estando en España y siendo ya titular de una residencia no lucrativa se puede solamente modificar.

¿Cómo renovar residencia no lucrativa?

Para la renovación al igual que cualquier otra autorización de residencia, puede efectuarse en 2 momentos

El primer momento es dentro de los 60 días previos al vencimiento del actual permiso

El segundo momento es dentro de los 90 días posteriores a dicha fecha.

En extranjería al día siempre recomendamos hacerlo en el primer momento ya que hacer la solicitud de renovación dentro los 90 días posteriores puede acarrear una sanción.

Residencia no lucrativa desde España o residencia no lucrativa estando en España

Ya hemos comentado que la residencia inicial no lucrativa no se puede efectuar en España, salvo casos de modificación.

Residencia no lucrativa España requisitos

Básicamente son:

  • Pasaporte en vigor
  • Medios Económicos suficientes
  • Póliza de seguro médico
  • Certificado de ausencia de antecedentes penales
  • Otros requisitos

Cambio de residencia no lucrativa a trabajo

El cambio de residencia es posible pero es muy importante cumplir con los requisitos exigidos para el nuevo tipo de residencia, entre otros aspectos.

Residencia no lucrativa a trabajo por cuenta propia

Modificar una residencia no lucrativa a una residencia y trabajo por cuenta propia es posible, Aconsejamos que nos contactes para que puedas estar seguro durante el proceso de modificación.

Residencia no lucrativa autoriza a trabajar

No, la residencia no lucrativa no autoriza a trabajar en España.

Residencia no lucrativa a residencia y trabajo

Es posible modificar una no lucrativa a una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena. Debes contactarnos para que estés seguro antes y durante la modificación.

Residencia no lucrativa familiares o residencia no lucrativa para familiares

La residencia no lucrativa permite que familiares directos que vivan a cargo del titular puedan residir de forma legal en España. Recuerda contactarnos antes de cualquier paso, por cuanto, la viabilidad de que tus familiares puedan ser residentes legales no lucrativos va a depender del momento de la solicitud, es decir, si la solicitud inicial de tus familiares en conjunta en el Consulado de España no habrá pérdida de tiempo, si pretendes efectuar un visado posterior para tus familiares vas a tener que hacerlo por la vía de la reagrupación familiar lo cual, será posible al cabo de varios años.

Residencia no lucrativa para España

Como ya hemos comentado, la residencia no lucrativa en España es una excelente opción para aquellos ciudadanos extranjeros que dispongan de medios económicos suficientes para estar y residir en España sin necesidad de trabajar.

Residencia no lucrativa para británicos

Tras el Brexit y, al ser los británicos personas extracomunitarios, la opción de residencia no lucrativa representa para ellos una alternativa de residencia en España muy buena.

Residencia no lucrativa España para argentino

Dada la situación actual, muchos ciudadanos argentinos ven en la residencia no lucrativa una buena opción para estar en Europa, concretamente en España.

Residencia no lucrativa en España para colombianos

Al igual que cualquier ciudadano del mundo y de cualquier nacionalidad, los ciudadanos colombianos suelen interesarse en la residencia no lucrativa dadas las ventajas de la misma.

Residencia no lucrativa y nacionalidad

Como cualquier autorización de residencia, la no lucrativa computa para la solicitud de nacionalidad española por residencia.

Residencia no lucrativa y residencia fiscal o residencia no lucrativa España impuestos

El tema fiscal es un aspecto muy importante y que impone estar muy bien asesorado. El residente no lucrativo suele ser una persona con un poder adquisitivo medio-alto, ello implica que habitualmente tenga recursos económicos, enriquecimientos, rentas, bienes inmuebles, dividendos en varios países al mismo tiempo. En esta situación entra en juego lo que se conoce como renta mundial y que obliga a cualquier residente fiscal a partir del día 183 en España a tributar y declarar dichas rentas mundiales. En extranjería al día contamos con colaboradores expertos en fiscalidad internacional, convenios de doble imposición fiscal, renta mundial, etc.

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